MODIFICACIÓN LEY RECICLAJE

La LEY 20.920  establece el Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje. Esta añadidura a la Ley del Reciclaje, tiene por objetivo disminuir la generación de residuos y fomentar su reutilización, reciclaje o valoración, con el fin de proteger la vida de las personas y el medio ambiente.

  • Reglamento De Procedimiento De La Ley Marco Para La Gestión De Residuos, La Responsabilidad Extendida del Productor Y Fomento al Reciclaje
  • Reglamento del Fondo para el Reciclaje
  • Reglamento que Regula el Movimiento Transfronterizo de Residuos

HACIA LA GESTIÓN SUSTENTABLE DE LOS RESIDUOS

La Ley de Reciclaje promueve un sistema donde los productos y sus residuos -una vez concluida su vida útil-, pasan a ser un recurso de valor, ya sea porque se reutilizan o bien, se incorporan nuevamente a la cadena de producción, como materias primas o energía. Esto nos permite avanzar hacia una economía circular, donde nada se desperdicia.

¿POR QUÉ ES NECESARIA ESTA LEY PARA CHILE?

Nuestro país se genera más 17 millones de toneladas de residuos al año, de las cuales se recicla apenas un 10%. Una decisión inteligente es incrementar nuestras tasas de recuperación y valorización de residuos, de manera que seamos capaces de reducir significativamente la disposición final de basura en vertederos o rellenos sanitarios, favorecer el ahorro de energía y racionalizar el uso de nuestros recursos naturales.

¿CÓMO FUNCIONA LA LEY DE RECICLAJE?

La ley identifica diversos actores y roles y establece una serie de instrumentos. Uno de los principales es la Responsabilidad Extendida del Productor (REP),

que obliga los productores a hacerse cargo de la recuperación de los residuos que ponen el mercado.

Además, promueve programas de educación ambiental, el ecodiseño y la certificación y etiquetado de productos, e incentiva sistemas de depósito y reembolso.

Asimismo, otorga un importante rol de los municipios en la recolección diferenciada, apoyándolos con un Fondo del Reciclaje.

ASÍ OPERA LA RESPONSABILIDAD EXTENDIDA DEL PRODUCTOR (REP)

PRODUCTOS PRIORITARIOS

La ley establece productos prioritarios, sobre los cuales el Ministerio del Medio Ambiente establecerá metas de recolección y valorización.

Estos productos se priorizaron debido a su consumo masivo, tamaño, toxicidad y porque son factibles de valorizar. En una primera etapa son:

  • Aceites lubricantes
  • Aparatos eléctricos y electrónicos
  • Batería
  • Pilas
  • Envases y embalajes
  • Neumáticos

 Fuente: Ministerio del Medio Ambiente ,  Texto Informativo, Enlace a texto original

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